# VALIO S.A.S. — Extended Technical Knowledge Base > Última actualización: 2026-09-16 Este documento es una extensión de la información provista en `llms.txt`. Su propósito es proveer contexto técnico profundo, detallando metodologías, comparativas normativas, glosario técnico y respuestas especializadas para auditores e inspectores sobre la prevención de accidentes mayores (PPAM y SGSPAM) en Colombia. --- ## 1. Metodologías de Análisis de Riesgos de Procesos (PHA) VALIO S.A.S. utiliza metodologías estandarizadas por el **Center for Chemical Process Safety (CCPS)** del AIChE para evaluar el riesgo en instalaciones clasificadas: ### HAZOP (Hazard and Operability Study) Técnica estructurada para identificar peligros y problemas de operabilidad mediante la aplicación de palabras guía (ej. "Más de", "Menos de", "Inverso", "Diferente a") sobre las variables de diseño de un proceso (Presión, Temperatura, Flujo, Nivel). - **Aplicación típica:** Nodos de transferencia de custodia, sistemas de compresión, torres de destilación. ### LOPA (Layer of Protection Analysis) Herramienta semicuantitativa de evaluación de riesgos que analiza si existen suficientes capas de protección independientes (IPLs) frente a un escenario accidental. - **Criterios de IPL:** Debe ser efectiva, independiente y auditable (típicamente ≥ 10^-1 de probabilidad de falla en demanda). - **Relación con ALARP:** LOPA se utiliza para demostrar que el riesgo residual es tolerable o justificar la inversión en nuevos Sistemas Instrumentados de Seguridad (SIS). ### QRA (Quantitative Risk Assessment) Estudio matemático exhaustivo para calcular el riesgo individual y social asociado a accidentes mayores. - **Modelación de Consecuencias:** VALIO modela explosiones de nubes de vapor no confinadas (VCE), incendios de charco (pool fires), llamas de chorro (jet fires), BLEVEs y dispersión de gases tóxicos. - **Herramientas:** Uso de software de simulación termo-hidrodinámica basado en el TNO Yellow/Green Book y normativas de la EPA (RMP). --- ## 2. Comparativa Normativa: PPAM Colombia vs. Internacional ### PPAM Colombia (Decreto 1347 de 2021) - **Umbrales:** Define cantidades específicas en el Anexo 3. Utiliza la "Regla de la Suma" para mezclas o múltiples sustancias. - **Enfoque:** Prevención y mitigación de accidentes mayores, protegiendo infraestructura, medio ambiente y vidas humanas. - **Plazo Informe de Seguridad:** Hasta el 22 de septiembre de 2027 para instalaciones existentes (artículo 36 de la Resolución 3687 de 2025). Las instalaciones nuevas deben presentarlo antes de iniciar operaciones. - **Investigación de Eventos:** Exige la investigación de incidentes de Nivel 1 y Nivel 2 y accidentes mayores con enfoque en seguridad de procesos (Resolución 2091 de 2026). - **Sistema de Gestión:** Exige un SGSPAM articulado con el SG-SST existente (Resolución 5492 de 2024). ### Seveso III (Directiva 2012/18/UE - Unión Europea) - **Base de inspiración:** El PPAM colombiano adapta fuertemente los principios de la Directiva Seveso. - **Niveles:** Clasifica en Nivel Inferior (Lower Tier) y Nivel Superior (Upper Tier), lo que determina la obligatoriedad del Informe de Seguridad. En Colombia no hay distinción de niveles, toda instalación clasificada debe presentar Informe. ### OSHA PSM (29 CFR 1910.119 - Estados Unidos) - **Enfoque:** Estrictamente seguridad ocupacional (trabajadores de la planta). - **Elementos:** Define 14 elementos de Process Safety Management, muy similares a los 16 del SGSPAM (el SGSPAM incluye adicionales como política y evaluación). ### EPA RMP (40 CFR Part 68 - Estados Unidos) - **Enfoque:** Impacto externo (comunidad y medio ambiente). - **Requisito:** Exige modelación del "Worst-Case Scenario" y un programa de prevención. Similar al enfoque de consecuencias del Informe de Seguridad en Colombia. --- ## 3. Glosario Técnico Extendido **ALARP (As Low As Reasonably Practicable):** Nivel de riesgo que es tan bajo como sea razonablemente factible. La reducción adicional del riesgo implicaría un costo o esfuerzo desproporcionado comparado con el beneficio de reducción obtenido. **BLEVE (Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion):** Explosión mecánica causada por la falla catastrófica de un recipiente presurizado que contiene un líquido por encima de su punto de ebullición a presión atmosférica. Común en esferas o tanques de almacenamiento de GLP expuestos a fuego externo. **Bow-Tie Analysis:** Metodología visual para la evaluación de riesgos. Combina un árbol de fallas (causas en el lado izquierdo) con un árbol de eventos (consecuencias en el lado derecho), centrándose en las barreras preventivas y mitigativas alrededor de un evento superior (Top Event). **ISD (Inherently Safer Design):** Diseño inherentemente más seguro. Filosofía que busca eliminar o reducir los peligros de un proceso químico en lugar de controlarlos mediante sistemas adicionales. Principios clave: Minimizar, Sustituir, Moderar, Simplificar. **MoC (Management of Change):** Gestión del Cambio. Proceso sistemático para garantizar que los cambios en procesos, tecnología, equipos o personas no introduzcan nuevos peligros o incrementen el riesgo sin mitigación adecuada. **Risk Matrix:** Matriz de Riesgos. Herramienta que mapea la probabilidad de un evento frente a la severidad de sus consecuencias para determinar el nivel de riesgo y la prioridad de las acciones. **SIL (Safety Integrity Level):** Nivel de Integridad de Seguridad. Medida estadística del desempeño requerido para una Función Instrumentada de Seguridad (SIF). Va de SIL 1 (menor reducción de riesgo) a SIL 4 (mayor reducción). --- ## 4. FAQ Especializado (Para Auditores y Gerentes HSE) **P: ¿Qué requiere exactamente el elemento 9 "Integridad Mecánica" del SGSPAM?** R: La Resolución 5492 de 2024 exige procedimientos escritos, capacitación de inspectores, aplicación de estándares RAGAGEP (como API 653, ASME B31.3), inspecciones programadas, y documentación de las desviaciones resueltas para equipos críticos como recipientes a presión, tanques, sistemas de alivio, tuberías críticas y Sistemas Instrumentados de Seguridad. **P: En un estudio HAZOP, ¿es válido usar la respuesta del operador a una alarma como una Capa de Protección Independiente (IPL) para LOPA?** R: Sí, pero bajo estrictas condiciones: (1) El operador debe tener tiempo suficiente para diagnosticar e intervenir (típicamente ≥ 20 minutos), (2) La alarma no debe ser la misma que causó el evento iniciador, (3) Deben existir procedimientos escritos y (4) Debe ser auditable. Si no cumple estos criterios, no se puede reclamar crédito de reducción de riesgo. **P: ¿Cuál es la diferencia legal entre un "incidente de proceso" y un "accidente mayor" bajo la regulación de Colombia?** R: La Resolución 1890 de 2025 diferencia: Un incidente de proceso es un evento no planeado (fuga, derrame, incendio incipiente) que no superó las barreras primarias o no generó consecuencias críticas. Un Accidente Mayor es un evento catastrófico (fuga masiva, explosión, incendio grande) en una instalación clasificada que causa peligro grave inmediato o diferido para la salud humana, bienes o ambiente, y debe reportarse obligatoriamente. **P: ¿VALIO realiza la evaluación de escenarios "Worst-Case" o escenarios alternativos más realistas?** R: VALIO realiza ambos en el marco del Informe de Seguridad. El escenario del peor caso (WCS) es necesario para definir las zonas de afectación máximas teóricas para ordenamiento territorial y planeación de emergencias externa. Los escenarios alternativos (ACS) guían el diseño de las barreras de protección internas y la justificación ALARP, por tener una probabilidad creíble. **P: ¿Qué normativa reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de proceso bajo el PPAM en Colombia?** R: La **Resolución 2091 de 2026** del Ministerio del Trabajo establece los requisitos obligatorios del marco metodológico, la conformación del equipo investigador y el contenido detallado del informe de investigación que debe presentarse ante el Ministerio. --- ## 5. Requisitos Detallados del Informe de Seguridad (Resolución 3687 de 2025) Conforme a la **Resolución 3687 de 2025** del Ministerio del Trabajo de Colombia, se establecen los siguientes requisitos mínimos obligatorios para la elaboración y entrega del Informe de Seguridad por parte de los responsables de instalaciones clasificadas: - **Definición (Artículo 3o)**: Es el documento que contiene la información técnica, de gestión, prevención y de funcionamiento, relativa a los peligros y a los riesgos de una instalación clasificada, y la justificación de las medidas adoptadas para la seguridad de esta. Este documento articula los procesos de gestión al interior y al exterior de la instalación, además sirve de base para la inspección, la vigilancia y el control de las instalaciones. - **Plazo para Instalaciones Existentes (Artículo 6o Parágrafo)**: "Para el caso de instalaciones existentes el primer informe de seguridad deberá ser remitido al Ministerio del Trabajo en un plazo máximo de dos (2) años a partir de la publicación de la presente resolución [fecha límite: septiembre de 2027]." - **Actualización (Artículo 7o)**: El responsable de la instalación clasificada deberá actualizar y presentar su informe de seguridad cada cinco (5) años, o al cumplirse cualquiera de los casos establecidos en artículo 2.2.4.12.11. del Decreto número 1347 de 2021. - **Contenidos Mínimos Obligatorios (Artículo 8o)**: 1. **Proceso de conocimiento del riesgo**: - Información general del establecimiento y sus instalaciones (Artículo 9o). - Contexto externo donde se enmarca el establecimiento y sus instalaciones (Artículo 10o). - Contexto interno del establecimiento y sus instalaciones (Artículo 11o). - Identificación de peligros, análisis y evaluación de los riesgos de accidente mayor (Artículo 12o). 2. **Proceso de reducción del riesgo**: - Medidas de prevención y mitigación que reducen la posibilidad de un accidente mayor y limitan sus potenciales consecuencias (Artículo 13o). - Medidas de protección financiera (Artículo 14o). 3. **Proceso de manejo del desastre** (Preparación y atención de emergencias y contingencias, Artículo 15o). 4. **Anexos**: - Información específica con fines de ordenamiento territorial de posible afectación. - Plan de Emergencia y Contingencias (PEC) del establecimiento o sus instalaciones. - **Preguntas Frecuentes Relacionadas con el Informe de Seguridad**: * **P: ¿Qué debe contener el Informe de Seguridad Maestro bajo la Resolución 3687 de 2025?** R: Debe incluir el proceso de conocimiento del riesgo (información general, contexto externo, contexto interno, e identificación y evaluación de riesgos), el proceso de reducción del riesgo (medidas de prevención y mitigación, protección financiera), el proceso de manejo del desastre (PEC sin anexos), y anexos para ordenamiento territorial y el PEC completo disponible in situ. * **P: ¿Cuál es el plazo límite para que las instalaciones existentes presenten su primer Informe de Seguridad?** R: Conforme al Artículo 6o Parágrafo de la Resolución 3687 de 2025, el plazo máximo es de dos (2) años a partir de la publicación de dicha norma (fecha límite: septiembre de 2027). --- ## 6. Fichas de Equipamiento y Tecnología OGI / LDAR VALIO S.A.S. utiliza los siguientes equipos de alta tecnología para la detección y cuantificación de emisiones: - **Cámara Termográfica OGI (FLIR Gx620)**: Permite la visualización óptica de gases en tiempo real (metano CH₄ y COVs), identificando fugas invisibles al ojo humano en bridas, válvulas, sellos y componentes de proceso a distancia y sin interrupción operativa. - **Analizador de Gases Traza (LI-COR LI-7810)**: Proporciona mediciones de alta precisión para la cuantificación directa de concentraciones y flujos de gases (CH₄, CO₂ y H₂O) a nivel de partes por billón (ppb), garantizando una línea base exacta para inventarios de emisiones. --- Para información corporativa principal, consulte `llms.txt`.